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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1925 Programa de la Liga Nacional defensora de la libertad religiosa.

Marzo 14 de 1925

 

LA LIGA NACIONAL DE DEFENSA RELIGIOSA

 

Su razón de ser:

La Liga es una asociación legal, de carácter cívico, que tiene por fin conquistar la libertad religiosa y todas las libertades que se derivan de ella en el orden social o económico, por los medios adecuados que las circunstancias irán imponiendo.

Legal, porque según la Constitución: ``...no se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la república podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país" (artículo 9) y más adelante (artículo 35), al tratar de las prerrogativas del ciudadano, apunta la de asociarse para tratar los asuntos políticos del país.

Ahora bien: la cuestión religiosa en México es cuestión política, desde el momento en que ha tenido cabida en la Constitución de la república y se han apropiado los poderes públicos el derecho de legislar sobre ella.

Luego los ciudadanos mexicanos pueden asociarse constitucionalmente, esto es, legalmente, para tratar el asunto religioso del país.

La Liga será de carácter cívico, la jerarquía católica no tiene que ver con ella, ni en su organización ni en su gobierno, ni em su actuación. Sin querer decir que esté en oposición a la autoridad eclesiástica y que quiera obrar con toda independencia del consejo y la dirección de esta misma autoridad.

El fin de la Liga es, pues, detener al enemigo y reconquistar la libertad religiosa y las demás libertades que se derivan de ella. Tiene un programa que es una síntesis de justas y debidas reivindicaciones a que tienen derecho los mexicanos para poder vivir como católicos y que nadie en una república democrática puede. poner en tela de juicio.

Pide sean derogadas de la Constitución en todas aquellas partes que se oponen a:

a) la completa libertad de enseñanza primaria, secundaria y profesional;

b) los derechos de los católicos como mexicanos, con toda`` las prerrogativas que concede la Constitución a los ciudadanos;

c) los derechos de la iglesia relativos al culto, a sus iglesias, escuelas, obras de caridad y sociales; dejándole por lo tanto, la propiedad y libre uso y disposición de ]os bienes inmuebles necesarios para el culto, seminarios, alojamientos de ministros, patronatos, etc., lo mismo que los bienes muebles destinados al ejercicio de estos mismos servicios, pudiendo ella recibir y administrar sin autorizaciones generales requeridas para la validez de las donaciones legales; reconociendo legalmente a sus sacerdotes los derechos civiles y políticos que tengan los demás ciudadanos y declarando que ni el Congreso General, ni ]as Legislaturas tendrán facultad para dictar leyes sobre asuntos religiosos.

Los medios legales de que se valdrá la Liga para hacer que se respeten estos derechos serán los constitucionales y los exigidos por el bien común.

Firman:  licenciado Rafael Ceniceros y Villarreal, Iicenciado José Esquivel A]faro, licenciado Miguel Palomar y Vizcarra, ingeniero Carlos F. Landero, Luis G. Bustos, René Capistran Garza, Juan Lainé, Enrique Torroella Jr., licenciado Rafael Capetillo, Manuel de la Peza, doctor Manuel G. del Valle, Mariano G. Laris, Román Ruiz Rueda, Edelmiro Traslosheros, Luis G. Ruiz Rueda, Femando Silva, Francisco Palencia y Llerena y Femando García de Quevedo.

 

 

RECTIFICACION DE RENE CAPISTRAN GARZA PUBLICADA EN EXCELSIOR EL 25 DE MARZO DE 1925

No constituye la Liga un partido político porque su función no es electoral, ni tiene por objeto llevar a determinados individuos al desempeño de funciones públicas, es lisa y llanamente una organización defensiva de los derechos de los católicos, cada día más burlados. Esto no debe interpretarse en el sentido de que nosotros aceptemos el atropello constitucional en virtud del cual se priva a los católicos del derecho de formar un partido político; por el contrario, es incuestionable que tenemos no sólo el derecho, sino el deber de acudir a la acción política. Y que cualquier ley que a ello se oponga conculca un derecho y destruye una libertad legítima; pero en esta ocasión no es nuestro propósito formar un partido político, a lo cual repito que tendríamos todo derecho, porque el derecho es superior a la ley, sino simplemente plantear de una vez por todas la cuestión imperiosa de la defensa del catolicismo, tanto porque ésta es la verdad religiosa, cuanto porque constituye el elemento primordial de la nacionalidad mexicana.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Diario Excélsior de las fechas citadas.