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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1858 Plan de Ayotla

Miguel María de Echeagaray, 20 de Diciembre de 1858

El buen juicio nacional ha condenado ya con una reprobación general la peligrosa exageración de las dos teorías insensatas que han intentado plantearse entre nosotros, desconociendo por una parte la situación y el carácter particular de México, y olvidándose por otra de que vivimos en la segunda mitad del siglo xnc. El instinto popular, que raras veces se extravía, ha reprobado igualmente la Constitución de 1857 con sus principios de progreso exagerado, y el programa del gobierno de México, insostenible por sus ideas retrógradas, repugnantes a la ilustración de la época y a los intereses creados en el país por los gobiernos que nos hanprecedido. Hoy día se odia tanto el libertinaje encubierto con la bandera de una constitución ultrademocrática como el retroceso servil, que procura solaparse con los tres nombres respetables con que la gratitud nacional consagró los recuerdos gloriosos del año de 1821. Los excesos de la libertad y del despotismo están igualmente detestados, y el único fruto que se ha obtenido de las inmensas desgracias sufridas en este año aciago ha sido la creación de un espíritu público, que anatematiza las pretensiones extremas y ansía los goces de una libertad justa y prudente bajo la acción enérgica de un gobierno moderador de los partidos, mientras no pasen de la esfera de tales. Guiado por estas inspiraciones y resuelto sobre todo a salvar la nacionalidad en riesgo de perderse si continúa la guerra civil, me he decidido a proclamar el presente plan, para cuyo buen éxito cuento con la decisión y valor de la división de mi mando y con el patriotismo de los mexicanos sensatos y juiciosos de todos los partidos, que no tardarán en agruparse alrededor de una bandera de conciliación y de paz, enarbolada por mí con la recta intención de poner fin a nuestras disensiones, convidando con la participación en el gobierno a todas las inteligencias y notabilidades del país, sin distinción de colores políticos.

Tiempo es ya de que cesen los odios, para que, unidos sincera y fraternalmente los mexicanos, demos a nuestra desgraciada patria un día de satisfacción y de gloria.

Como mi fin no es lisonjear aspiraciones, sino curar los graves males que aquejan a la República, me abstengo de promesas pomposas y quiero que alguna vez se entre en el camino de los hechos, porque se ha burlado tantas ocasiones la esperanza de mejorar la condición del país, que éste ha adquirido el derecho de Dudar de todo y de no creer sino en los hechos. ¡ Quiera la Providencia auxiliarme en el logro de esta empresa por la sinceridad y buena fe con que procuro la salvación de mi patria!

Artículo 1o. Luego que la división sostenedora del presente plan ocupe la capital de la República, se convocará la reunión de una asamblea nacional, compuesta de tres diputados nombrados para cada departamento, conforme a la ley electoral que se expedirá desde luego bajo las garantías de que puedan votar y ser votados los ciudadanos todos, sin excepción de clases ni personas.

Artículo 2o. La misión de la asamblea nacional es dar una constitución al país, sin otras restricciones que las que ella misma se imponga, pues al efecto se le deja en la más amplia libertad de bases y tiempo para formarla.

Artículo 3o. A los seis meses de publicada la Constitución, se someterá al voto público, y sólo comenzará a regir si obtuviere la mayoría de sufragios. El gobierno provisional reglamentará la emisión dé éstos.

Artículo 4o. Se excitará a los jefes de los partidos beligerantes para que secunden el presente plan, bajo la base de que se respetarán sus empleos y olvidará todo lo pasado.

Artículo 5o. Entretanto comience a regir la constitución, depositará el poder supremo el general en jefe que suscribe en cuanto baste para mantener la independencia en el exterior y la paz en el interior de la República.

Cuartel general en Ayotla, Diciembre 20 de 1858. Miguel María de Echeagaray.

 

 

 

 

 

Fuente:
Fuente: Villegas Moreno Gloria y Miguel Ángel Porrúa Venero (Coordinadores) Margarita Moreno Bonett (1997). “De la crisis del modelo borbónico al establecimiento de la República Federal”. Enciclopedia Parlamentaria de México, del Instituto de Investigaciones Legislativas de la Cámara de Diputados, LVI Legislatura. México. Primera edición, 1997. Serie III. Documentos. Volumen I. Leyes y documentos constitutivos de la Nación mexicana. Tomo II. p. 923.