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Selección de textos y documentos: Doralicia Carmona Dávila
 

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1835 Términos de rendición entre el general Cos y el general Burleson en San Antonio Béjar

11 de Diciembre de 1835

Capitulacion celebrada entre los Generales Don Martin Perfecto de Cos de la tropa permanente, y Don Edwardo Burlison de las Tropas Colonales de Texas

Estando deseoro de evitar Mas efusiones de Sangre y las desastres de la guerra Civil han convenido en las seguientes estipulaciones

1o Que el Gral Cos, gefes y oficiales se retiraran con el exercito y propiedades particulares al interior de la Republica, baxo su palabra de honor de no oponerse de ninguna manera al restablecimiento de la Constitucion federal de 1824

2o Que los cien infantes que acaban de llegar con la cuerda, el resto del Batallon Morelos, y la Caballeria se retiraran con el Gral llevando su armas cada uno y diez Cartuches de fusil con balas

3o Que el Gral ordene y vea que la Cuerda que trajo el Coronel Ugartechea sea conducida al otro lado del Rio Grande

4o Que quede a la voluntad de la tropa el seguir al Gral Cos quedarese aqui, o irse al punto donde le convengas mas en el Caso que toda o parte de ella se separare llevaran sus armas y todo lo demas de su propiedad

5o Que todo lo perteneciente a la Hacienda publica, Armas, Municiones, y demas peltrechas de guerra sean inventiriadas y entregado todo a los Comisionados del Gral Burlison

6o Que todas las propiedades de particulares ocupadas por el exercito Sitiado sean entregadas a sus verdadaros duenos

7o Que sean nombradas de Cada exercito tres Comisionados para hacer el inventario, y ver que sea llevada a su debido Cumplimiento las estipulaciones de esta Capitulacion--

8o Que los tres comisionados nombrados por parte del Gral Cos queden con el fin espreso de entregar, el denero, peltrechos de guerra y demas enseres de la hacienda Publica--

9o Que el Gral Cos queda por ahora con su fuerza en la plaza del Alamo puesto que ocupa, y el Gral Burlison con las tropas Coloniales que tiene se posisionara de la de la Ciudad de Bexar, y que los Soldados de ambos exercitos se priven de que se visiten armados

10o Que dentro de seis dias contados desde la fecha, el Gral Cos, con su fuerza evacuara la Plaza emprendiendo su retirada

11o En adicion a las armas y municiones ya mencionadas se le permitera al Gral Cos llevar con su fuerza una pieza de artilleria de a 4

12o Los oficiales nombrados para hacer el inventario y entregar de todo lo perteneciente a la Hacienda publica parque. Heramientas y demas enseres empezaran desde luego al desempeno de su Comision

13o Los Ciudadanos seran protejidos en sus personas y propiedades

14o El Gral Burlison facilitara al Gral Cos las previsiones necesarios que se puedan procurar para su tropa hasta el Rio Grande a los pecios corrientes de la plaza

15o Los enfermos y heridos del Exercito del Gral Cos estaran permitidos con un Cirujano y asistentes a quedar baxo la proteccion del exercito sitiador hasta su restablecimiento

16 Ninguna persona sea militar o paysano sera molestado en cuanto a sus opiniones politicas que hasta aqui hayan manifestado

17o Que de esta Capitulacion se saque en duplicada con las respectivas traducciones en Idioma Castillana firmada por los Comisionados nombrados y ratificada por los Gefes de ambos Exercitos

18o Los prisioneros de guerra hechos por los dos exercitos hasta hoy, se pondran en libertad Habiendo precidido la manifestacion y Canges de las credensiales con que se presentaron los Comisionados para el arreglo de la antecedente Capitulacion nombrado por parte del Sor Comte Gral Ynspector Don Martin Perfto de Cos, El Ayudante Ynsp’or Don Jose‚ Juan Sanchez, Don Ramon Musquez, y el tente Dn Francisco Rada, ‚ Interprete Don Miguel Arsiniega: y por la del Sor Gral Don Edwardo Burlison; El Sor Coronel Don F. W. Johnson, Mayor. R. C. Morris, Capitan James G. Swisher ‚ Interprete Don Juan Cameron y despues de una delatada y seria los diez y ocho articulos que preceden, a propuesta de los del Sor Gral Burlison y a reserva de ser ratificados y aprovados por ambos Generales; En cuya virtud, la firman en la Ciudad de Bexar a los dos de la manana del dia 11 del mes de Deciembre de 1835

Jose Juan Sanches

F. W. Johnson

Ramon Musquez

Roberto C. Morris

Jose Francisco de Rada

James G. Swisher

Miguel Arsiniega

Juan Cameron, como Interprite

como interprete

 

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