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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1823 Proclama de Agustín de Iturbide dirigida al Ejército Trigarante. Dictamen de la comisión nombrada por la Junta Nacional Instituyente sobre el Acta de Casa Mata.

México, 11 de febrero de 1823

 

 

Proclama de Su Majestad el emperador al Ejército Trigarante.

Soldados trigarantes: Nunca os dirigiera la palabra con más necesidad ni con mayor importancia, que cuando se empeñan en extraviaros de la senda del bien, y cuando la patria se interesa grandemente en el acierto de vuestros pasos. Yo estoy seguro de la rectitud de vuestras intenciones y os amo cordialmente como a hijos los más beneméritos, porque vosotros cambiasteis momentáneamente y sin estragos el gobierno español en mexicano, haciendo independiente nuestro suelo del dominio extranjero; porque sois los primeros soldados del mundo que sabéis reunir al furor en la batalla, la compasión con el vencido y débil, a la fortaleza la generosidad; porque soy testigo de vuestra resignación en las privaciones y fatigas. Os amo finalmente, porque me amáis, y porque siempre habéis unido gustosos vuestra suerte con la mía.

Sí soldados, mi suerte y la vuestra están hoy íntimamente unidas a la de la patria; las desgracias de ésta son nuestras, y en su prosperidad y bienes tendremos la mejor parte; porque nadie nos quitará la gloria de haberle dado libertad, consolidado el gobierno que deseaba y precavídola de males incalculables, a costa de sacrificios y fatigas que sabrá apreciar la posteridad.

Soldados: liberasteis por dos veces a la patria de la anarquía; estáis en el caso y obligación de hacerlo la tercera. La división en los pueblos es causa precisa de su desolación; esto es lo que procura el gobierno español para dominarnos de nuevo, y esto es por lo mismo, lo que más cuidadosamente debemos evitar. Sabed que las intrigas inhumanas y astutas del gabinete de Madrid son causa de las guerras intestinas de Buenos Aires, aunque la España no haya sacado otro fruto que el triste sacrificio de cien mil hombres. El mismo empeño tiene en Colombia y en el Perú; sepamos pues, en México frustrar sus miras, imitando el carácter firme y constante de los chilenos.

Mi voz debe ser para vosotros el norte más seguro. He llegado a la última dignidad (aunque contra mi voluntad y deseo); no tengo a que aspirar, y por lo tanto no necesito hacer escala de cadáveres, como otros quieren para subir. Acordaos que siempre os dirigí a la victoria, siempre en favor de la patria, siempre por el camino del bien, y siempre evitando la efusión de sangre, porque para mí es de mucha estima la de cualquier hombre.

Sabéis que cuando algunos representantes del pueblo, extraviados en el santuario mismo de las leyes, a tiempo que acababais de establecer la representación nacional, os llamaban carga pesada e insoportable, asesinos pagados, y se empeñaban en hacer desparecer al ejército, yo fui quien lo sostuvo a todo trance, y lo sostuve porque vuestros servicios inestimables les hacían acreedores a ello, y porque era preciso para conservar nuestra independencia, precaver las convulsiones interiores y consolidar nuestro gobierno en su mismo establecimiento. Considerad con atenta circunspección la conducta y las operaciones de los que os hablan, qué es lo que tienen que perder, y a lo que pueden aspirar, y esta regla os será muy útil para evitar el engaño.

Finalmente, soldados, tened presente vuestros juramentos, la denominación de trigarantes os lo recuerda. Debéis sostener la religión cristiana, mantener la independencia de nuestro país, y conservar la unión entre sus habitantes. Jurasteis también mantener la monarquía moderada constitucional, porque así es conforme al voto unánime de los pueblos del septentrión. Yo estoy ligado con iguales juramentos, los hice en Iguala, y los he ratificado solemnemente ante el Dios de la verdad, con la mayor efusión de mi corazón, porque estoy plenamente convencido de haberlo hecho con la mayor justicia y necesidad. Me veréis siempre a vuestro lado para desempeñar mis deberes, por los cuales haré sacrificio gustoso de mi comodidad, de mi reposo y de mí existencia; ni un padre anciano, ni ocho hijos tiernos, ni una esposa amable, ni cosa alguna me servirá de obstáculo para obrar conforme a mis principios; por el contrario, en todas ésas caras prendas de la naturaleza descubre mi honor nuevos estímulos. No salga de vuestros labios, ni se aparte de vuestros corazones el deseo de sacrificaros conmigo, si es preciso, por la religión santa que profesamos, por la libertad de nuestra patria, por la unión y orden entre sus habitantes y por la monarquía moderada constitucional, pues que así lo jurasteis, así es conveniente, y ésta es la voluntad general de la nación.

México, 11 de febrero de 1823.

Agustín.

 

 

 

 

Dictamen de la comisión nombrada por la Junta Nacional Instituyente sobre el Acta de Casa Mata

 

Dictamen de la comisión nombrada por la junta nacional instituyente, para tomar en consideración las últimas ocurrencias del sitio de Veracruz.

La comisión especial encargada de tomar en consideración las últimas ocurrencias del sitio de Veracruz manifestadas a esta junta por Su Majestad el emperador en la tarde del día 9, y consignadas en el Diario de la misma Veracruz de 2 del corriente, ha visto en este periódico el resultado de las arterias y maniobras de los enemigos de la independencia y libertad mexicana, y al mismo tiempo un triste desengaño de las operaciones y conducta militar del general Echávarri.

Ha dicho, en primer lugar, el resultado de las arterias y maniobras de los enemigos de nuestra independencia, porque todo el tenor y contexto del acta inserta en el citado periódico, no se dirige a otro fin que al de atacar y desconocer el gobierno establecido, a propagar especies antisociales y subversivas, y diseminar errores políticos muy funestos, a fomentar el choque y la divergencia de opiniones tan absurdas como contrarias al orden público, y a dividir los ánimos puntualmente cuando la voz imperiosa de la patria exige de nosotros aquella unión sin la cual es imposible que seamos independientes, libres y felices.

Y ha dicho, en segundo lugar, el desengaño de las operaciones y conducta militar del general Echávarri, porque no ha podido ver sin admiración y sorpresa que un general sitiador y no sitiado ni batido en su puesto; que un general provisto a satisfacción de tropas, y pertrechos bélicos, de municiones y víveres, de estipendios, y de toda clase de recursos; que un general de obligaciones y de buena fe para con el gobierno que reconoce, de quien ha recibido muchos testimonios de alta confianza y que ha jurado obediencia, se substraiga tan improvisamente de su mando, y en vez de cumplir las órdenes que se le habían dado no de insinuar siquiera el menor obstáculo para cumplirlas, se avance en lugar de retrogradar a un terreno sano, al insalutífero [sic] de Veracruz, y en vez de apartar a sus tropas del contagio hasta el extremo de amalgamarlas con las del enemigo. Pero ¿de qué manera? De la más inaudita, proponiendo los sitiadores unirse a la causa de los sitiados; atacando los unos y los otros al gobierno establecido, erigiéndose todos puntos de un modo tan solemne como dictatorio en árbitros de la suerte, en legisladores y en gobernantes supremos de la nación mexicana.

No son estas aserciones el parto violento de una imaginación acalorada, sino consecuencias necesarias de todas y cada una de las partes del acta citada, como pasa la comisión a manifestarlo.

Dice su encabezamiento “que los señores generales de división, jefes de cuerpos sueltos, oficiales del estado mayor, y uno por clase de las tropas sitiadoras, reunidas en el alojamiento del general en jefe, a tratar sobre la plaza de Veracruz y sobre los peligros que amenazan a la patria por falta de representación nacional, después de haber discutido extensamente sobre la felicidad de la misma patria”, acordaron por voto general los once artículos de que la comisión hablará sucesivamente, después de notar, como nota en lo que va referido, que habiendo tenido aquella junta, o llámese consejo, por objeto de tratar de la plaza de Veracruz, de los peligros y de la felicidad de la patria, se olvidaron de lo primero que sólo podía y debía ser el objeto de una junta militar sitiadora, y se fijase en lo segundo que sólo es privativo de las autoridades y juntas gubernativas y políticas.

Dado pues, este paso tan ajeno de su instituto y dejando a un lado el manejo de las armas de su cargo, se erigieron en legisladores, y pronunciaron en el primer artículo de su acta, el axioma tan sabido como practicado entre nosotros de la soberanía esencial de la nación, disponiendo por consecuencia que a la mayor brevedad posible se instale un Congreso.

Cuando acordaron este artículo sabían muy bien (como el emperador mismo lo aseguró a esta junta y acredita la fecha del proyecto de convocatoria) que ya se trataba seriamente por nosotros de la reunión de nuevo Congreso, pero como las bases de esta convocatoria son legítimas y las más propias para sostener los derechos y la libertad de la nación, para consultar al orden y acierto en las elecciones, para consolidar el sistema gustosamente adoptado, y para sofocar todo germen de discordia; como esto se halla en oposición con las pretensiones y miras de los que han logrado fascinar y comprometer a la porción benemérita de las tropas que tanto ha trabajado por nuestra libertad; y como al fin se las ha lisonjeado con mudarles su carácter, de cuerpo de operaciones puramente militares, en el de una asamblea legislativa, se las supuso con falsedad que no se trataba de convocatoria de nuevo Congreso para que cayesen en la red, no de pedirlo como acaso pudieron hacerlo en términos, sino de decretarlo perentoriamente y a la mayor brevedad posible. Mas este paso está adelantado por la autoridad a quien toca, sin otra dilación que la indispensable para que se puedan reunir todos los representantes de la nación que se hallan a las mayores distancias.

Sí, el proyecto de nueva convocatoria está formado por la Junta Nacional Instituyente, y en ella reside provisoria y legítimamente la representación nacional. Porque reformado el anterior Congreso en razón de que circunstancias peligrosísimas, ocurrencias imprevistas y combinación de males inminentes tan funestos como insuperables por otro medio, obligaron a practicarlo, a semejanza de lo que se practica entre naciones muy sabias y libres, de conformidad con principios y doctrinas de publicistas del primer orden, y en cuanto lo demandaba la salud de la patria; era también de absoluta necesidad que a ésta no faltase un cuerpo legislativo para proveer a las urgentísimas de un estado que comienza a organizarse sobre las bases fundamentales de la división de poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Porque esta necesidad del momento no podía llenarse de un modo más legal que con la instalación de un cuerpo compuesto de diputados nombrados antes con libertad por sus respectivas provincias. Y porque éstas, después de aquella reforma, ni han dejado de manifestarse contentas del menor gravamen que les resulta por el menor número con que están representadas, ni a sus representantes han hecho reclamación alguna en la materia, ni tampoco han dejado de manifestar al gobierno su aquiescencia tácita y expresa en consonancia con hechos positivos y aún solemnes.

Es por tanto verdadera, legítima y conforme a la voluntad de los pueblos la representación provisoria nacional de la Junta Instituyente, para los objetos y para el preciso periodo a que se la circunscribió desde un principio. Y nada puede decirse fundadamente aún sobre el número de sus individuos, ya porque excede en mucho a la primera junta del imperio llamada soberana y obedecida en todo sentido; ya porque a las provincias que sólo tenían un representante, ése mismo se les ha conservado; y ya porque a las más pobladas se les igualó exactamente, dejando a cada una dos representantes, y considerándolas en sí como una persona moral. Consideración debida, ajustada a los principios verdaderos del derecho público, y practicada por las naciones que bien lo saben y pueden servir de modelo en esta parte, pues que los pueblos y las naciones no se representan material y físicamente, así como se representan los originales por sus retratos. Así se ha observado en todos tiempos y en todos países, que un solo ministro diplomático, cualquiera que sea su nombre, basta para representar legítimamente al mayor de los imperios. Así también se observa que el número de individuos de los congresos no tiene una base fija y uniforme, sino proporcionada a la población, virtudes, ilustración, recursos y aun al genio de cada país, y así también por último censura monsieur Pradt los congresos numerosos comparándolos a las juntas de muchos médicos y afirmando, que así como es más cierta la muerte del enfermo a quien asisten muchos físicos, así también son más incurables los males políticos a proporción de lo que se aumentan los vocales de los respectivos congresos.

Ahora bien, ¿y qué podrá decirse de tan crecido número de legisladores como se han reunido bajo el mando del general Echávarri sin convocatoria y sin título? ¡Ah! La continuación del examen de cada uno nos va a poner al alcance de los extravíos de todas sus resoluciones.

Exigir convocatoria de nuevo Congreso envuelve la notoriamente falsa suposición de que ni el gobierno ni la junta se han cuidado hasta ahora de asunto tan importante. Exigirlo, después de haber visto el proyecto mismo de convocatoria, dista mucho de la buena fe. Y exigirlo prefijando para ella las bases prescriptas en la que precedió a la reunión del extinguido Congreso; no sólo es desconocer y coartar las facultades de la Junta Instituyente, revivir las de la primera Junta Provisional, preferir esta a la otra, como si ella no se compusiera de miembros nombrados por toda la nación, y oponerse al voto general desaprobatorio de la mencionada primera convocatoria; sino que también equivale a limitar arbitrariamente la libertad y los imprescriptibles derechos de los pueblos en las elecciones, y normar la forma de estas por desigualdades enormes, por preferencias exclusivas, caprichosas, desconocidas en derecho público, y por errores clásicos, en vez de los principios proclamados y adoptados por las naciones cultas en esta materia.

Mas como el objeto, no de la tropa que manda el general Echávarri, sino de los espíritus movedores que han logrado sorprenderla y alucinarla, sea conocidamente de dividirnos, perpetuando entre hermanos la discordia, y como a ésta dio tanto pábulo la contrariedad de los elementos de que se compuso el primer Congreso, en razón de las bases de su convocatoria, por eso es que ahora se piden las mismas bases y que con las especiosas, generales, vagas y lisonjeras voces de liberales y liberalismo se pretende por el artículo 3º del acta de nuestro examen, que puedan ser reelegidos para el próximo Congreso los unos, así como desechados los otros que lo compusieron. Pero por fortuna, son ya muy traqueadas estas miserables artimañas y la justicia, la sana razón, una dolorosa experiencia y el interés de la propia conservación, han puesto a los habitantes del Imperio de México en estado de no dejarse arrastrar de las voces vagas de liberalidad y filantropía, y de no volver a dar lugar a que el seno de la representación nacional se despedace por la divergencia u oposición acalorada de opiniones e intereses fundamentales en sus representantes. A esto se dirige el artículo 43 del proyecto de instrucción de nueva convocatoria, lo mismo que se dirigen todos los otros a dejar expedita la libertad y derechos de la nación; a remover los estorbos que han entorpecido la rápida y feliz marcha de nuestra independencia y a no caer en los casos de disolución intestina y anarquía que tan astutamente nos tienden nuestros enemigos. La nación, pues, nombrará sus representantes para el Congreso próximo con el objeto de conservar y no derrocar el gobierno constitucional establecido, y los nombrará espontáneamente de entre sujetos dignos de su confianza, según que conozcan su talento y virtudes, su probidad y carácter y sus calidades de liberalismo conservador y de bien entendido patriotismo.

Y así elegidos, se reunirán y tendrán su residencia y discusiones, no en la ciudad o pueblos que parezca, como prescribe el artículo 4º del acta del general Echávarri, sino en esta corte, porque así lo demanda el servicio de la patria y la armonía y estrecha unión de los poderes legislativo y ejecutivo, para trabajar de consuno por la felicidad de la misma; ni tampoco bajo la férula militar y absoluta de a división de tropas o asamblea legisladora acantonada en la Casa Mata de Veracruz, sino bajo la égida tutelar, natural, nacional y moderada del libertador de Anáhuac.

Así que es bien excusada la protección que se ofrece al Congreso próximo en el artículo 5º de la propia acta y el juramento que se promete hará la tropa de sostener sus fundamentales decisiones. Excusada, porque su seguridad está garantizada por el voto y el poder de toda la nación; garantizada por el emperador, que no ha proclamado otra cosa desde el gloriosos pronunciamiento del Plan de Iguala; garantizada en su totalidad, sin distinción alguna de decisiones fundamentales y secundarias; y garantizada como lo estará sin el más remoto recelo de opresión, si las tropas que manda el señor Echávarri, desengañadas, como es de esperar, de las imposturas que las han seducido, desisten del empeño equivocado con que se ha erigido en árbitro de la suerte de la nación, y sí constantes en el juramento que le tienen hecho sobre serla fieles y sostener su independencia y gobierno establecido, apoyan a éste, y no contrarían sus operaciones legítimas, ni pronuncian el fallo desolador y ominoso de la guerra intestina, de esa guerra cuyos estragos no tienen otro término que el del exterminio o el de la esclavitud más ignominiosa, y de esa guerra en fin, por que tanto ambicionan los enemigos de la independencia y bien de la patria.

¡Oh! Y cuántos y cuán entrañablemente no estimaría esta tierna y sensibilísima y afligida madre a sus generosos hijos alistados bajo las banderas de Echávarri, que la intención con que le ofrecen sacrificarse a su bien por el artículo 6º del acta de que vamos hablando, la rectificasen y dirigiesen a conservar la paz de los mexicanos, a que no se dañen los unos a los otros, a que todos guardemos concordia y buena fe, y que todos también reconozcamos, sostengamos y estemos unidos al gobierno establecido; para que se perdiera de una vez toda esperanza de volvernos a ver arrastrando el carro de la dominación extranjera; de que seamos víctimas del odio, de la venganza y de las pasiones más bajas; y de que no podamos jamás reconcentrarnos en la ocupación e industria, en avivar los fecundos manantiales de subsistencia y de prosperidad con que pródiga la divina providencia nos ha enriquecido; en restablecer la confianza pública en toda su extensión, y hacernos tan dignos del respeto como de la amistad de todas las naciones que habitan el globo.

En consecuencia, llora la comisión al observar que por un extravío de ideas, tan inconcebible como contrario a la verdadera felicidad de la patria, y a los sacrificios que se la protestan en el artículo 6º ya citado, se contraigan los siguientes 7º y 8º al nombramiento de dos comisiones del cuerpo de tropa del general Echávarri, la primera con el objeto sólo de poner el acta en manos de nuestro emperador; y la segunda con el de proponer el plan de su materia al gobernador y corporaciones de Veracruz para saber si lo admitían o no. ¡Qué de reflexiones tristes no suministra la idea sola que resalta de estos dos artículos! Cuando en ellos no se trate de otra cosa que de dar un simple aviso al emperador, único jefe supremo del poder ejecutivo del Estado, y de combinar relaciones tan originales y extrañas como ajenas de las que el derecho de gentes consigna entre sitiadores y sitiados, y entre el gobierno legítimo y los súbditos que se apartan de él o le hacen la guerra.

A estos asuntos eran consiguientes los de los artículos 9º y 10º del acta repetida, de los cuales en el primero se dice que otra comisión pasaría a entenderse con los jefes y tropas situadas en Puente del Rey y las villas; y el segundo dispone, que si la resolución de la junta provincial de Veracruz fuese de acuerdo con la opinión, dicha diputación, haya de ser la que delibere en la parte administrativa.

¡Esto si que no es, ni puede ser otra cosa, que el ultimo delirio de la imaginación más exaltada y engreída en la fuerza efímera de unas cuantas bayonetas, que hoy parecen servir a los designios de los que han podido confundir engañando a los dignos defensores de la independencia del septentrión americano; pero que mañana, y tan luego como éstos adviertan la trampa en que han caído, se convertirán contra sus demagogos, aclararán y revelarán a la faz de la nación y del mundo todo, los astutos ardides a que se ha recurrido para ponerlos en actitud hostil contra la patria, y llenos de un fuego santo, lanzarán suspiros de indignación contra los que simulada, pero al mismo tiempo torpemente, intentan oprimirnos por tales medios!

¿Con que Veracruz ha de tener, según el artículo, el poder supremo para deliberar en la parte administrativa? ¿una plaza ya identificada con el castillo de San Juan de Ulúa y paliadamente paniaguada con nuestros opresores, ha de ejercer por ahora en aquél distrito y extender después hasta donde alcancen las fuerzas de las tropas que la instituyen, una dominación soberana y correspondiente a las miras de su establecimiento? Mexicanos: ved aquí de bulto los sacrificios y la felicidad con que os brindan Santa Anna y Echávarri ¡Nación anahuacense, generosa, candorosa y magnánima! Ved como con un juego de voces despreciables, a impulsos de la perfidia de algunos que se llaman nuestros compatriotas, y de la negrísima ingratitud de algunos, que son vuestros hijos, aunque miserables y dignos de compasión, se os despoja de la soberanía y libertad que tanto os ha costado, se menosprecia y anonada la autoridad que para ser felices habéis trasmitido a vuestro libertador; se depositan vuestros intereses, los más caros y sagrados, en las manos de una junta provincial sometida en todo sentido a la férula de vuestros mayores enemigos, se profanan groseramente los augustos nombres de vuestra seguridad y felicidad; se os anuncia que los autores de un plan tan atroz no atentarán contra la persona de vuestro emperador, cuando su existencia es incompatible con la ejecución de las tramas que van detalladas; y se os vende por último el embuste de que se quiere y se intenta de toda preferencia la convocatoria de la representación nacional, pero con la condición de que ha de estar sujeta al ejército legislador e instituyente de la soberanía hispano-mexicana de Veracruz ¡Oh dolor!

La comisión se ha difundido, acaso mucho, en el rapto de la enajenación que le causan sucesos tan funestos como contarios a la voluntad, a los derechos, y a la sinceridad y franqueza de la nación; y quisiera no pasar adelante porque supone a la junta no menos dolorida que molestada; pero estima de toda necesidad hacer por último alguna reflexión sobre el oficio del general Echávarri al ayuntamiento de Veracruz al acompañarle su acta y recomendarle que uniese sus votos al de los que sólo apetecen la felicidad de la patria.

En él, asienta Echávarri que su acta recomendada tiene por objeto evitar los daños próximos de destruirse unos a otros por ideas en que todos son iguales, y que sólo se entorpecen por diferencias muy obvias. Es de inferir por tanto, que Echávarri se conformó en la sustancia con las ideas de Santa Anna, dirigidas a destruir a nuestro emperador y a derrocar al gobierno establecido, reconocido y jurado por toda la nación; sustituyéndolo con el que se apellida republicano y situándolo a la lengua del agua a la merced de los auxilios y pertrechos de San Juan de Ulúa, y al inmediato alcance de los tiros políticos del gabinete español para consumar, cuanto antes, de acuerdo y bajo protección tan ventajosa nuestra suspirada felicidad.

De lo expuesto deduce la comisión que el acta cuyo examen ha hecho y ofrece a la deliberación de la junta, es una empresa tan irrefragable como solemne contra nuestro gobierno, de opresión y mengua contra la libertad y derechos de la patria; y de un rompimiento hostil, el más cruel e inhumano, en circunstancias en que la salud pública tan sólo puede alcanzarse conciliando y uniformando los ánimos.

El procurar y alcanzar esta dichosa fraternidad política, basta y sobra sin usar de otras armas para burlar a nuestros enemigos. No encuentra la comisión otro remedio para precavernos de la peste que nos amaga; ni cree poder proponer a la junta, medida más propia para consultar al bien del Imperio que la de que, por su parte, procure la junta, como lo ha hecho el gobierno, deshacer los errores e imposturas que se han esparcido; fijar la opinión de nuestros pueblos en el conocimiento de la rectitud y sinceridad de las intenciones de nuestro gobierno, y esclarecer las tramas de nuestros verdaderos contrarios. A este fin propone la comisión:

Primero. Que si las observaciones y crítica hecha del acta del general Echávarri se conforman con el juicio de la junta, las haga imprimir y circular para desengaño de los incautos.

Segundo. Que la junta dirija por su parte a la nación un manifiesto con el propio objeto, como lo ha hecho ya el gobierno.

Tercero. Que los diputados de cada provincia, en cumplimiento de sus deberes y manifestación de su patriotismo y celo, hablen a sus comitentes y presenten oportunamente a la junta, para el solo efecto de que quede enterada, así lo que escribiesen como las contestaciones que recibieren.

México, 11 de febrero de 1823, tercero de nuestra independencia.

Mendiola.
González.
Argandar.
Rayas.
Mier.
Altamirano.

 

 

 

 

 

 

 

Juan Ortiz Escamilla (Comp.) [Con la colaboración de David Carbajal López y Paulo César López Romero]. Veracruz. La guerra por la Independencia de México 1821-1825. Antología de documentos. Comisión Estatal del Bicentenario de la Independencia y del Centenario de la Revolución Mexicana.