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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1817 Capitulación de Cóporo

Ramón Rayón, 2 de Enero de 1817

«1.° La plaza se pondrá á disposición del coronel don Matías Martín de Aguirre con sus armas y municiones, dejando en libertad á don Ramón Rayón para disponer de los víveres que tiene en favor de su tropa.

2.° Todos los intereses de los habitantes de Cóporo serán respetados, y las personas tratadas con toda la consideración posible; sin permitir que sean insultados, mofados ni ultrajados en manera alguna.

3.° Se entenderán comprendidos en esta capitulación, si quisiesen adherirse á ella cuando llegue á su noticia, no sólo los que actualmente residen en Cóporo, sino todos los dependientes de la plaza, aunque se hallen ausentes de ella: teniéndose por tales los hermanos de Ramón Rayón y sus familias, la tropa y domésticos que los acompañan, los sujetos militares ó paisanos que por comisión ó cualquier otro motivo estén fuera, y que sean subalternos ó dependientes de la plaza, y en todo se les aplicarán los artículos que hablan de los habitantes de Cóporo.

4.° Los que quisiesen permanecer en esta América, ó cualquiera otra posesión del rey de España, tendrán libertad para retirarse á sus casas, ó tornar la carrera que gusten, sin que se les obligue á tomar las armas contra su voluntad.

5." Los desertores de la tropa del gobierno de México que se hallen en la de Cóporo, ó que decididos por el partido americano residen en la plaza, ó de cualquier otro modo son dependientes de ella, serán tratados con igual consideración á los demás, sin hacerles cargo en ningún tiempo de la deserción.

6.° Los religiosos y demás eclesiásticos quedarán en entera libertad; los primeros para regresar á sus respectivos conventos, dándoseles el correspondiente pasaporte, y en él suplicando á sus respectivos prelados no se incomode en manera alguna sus personas, sino que sean tratados con toda consideración, como unos individuos que merecen toda la protección del rey.

7.° Los que hayan estado procesados por infidencia antes de mezclarse en la insurrección, no serán molestados en lo sucesivo por esta causa, ni sus fiadores obligados á responsabilidad alguna.

8 ° Ninguno de los individuos que comprende la capitulación será procesado, ni molestado á pretexto de perjuicio hecho á tercero mientras ha sido americano.

9.° Todos los comprendidos en esta capitulación harán juramento de fidelidad al rey, y nunca para los ascensos de las respectivas carreras que tomen se tendrá consideración al partido que han seguido en la revolución; sino que se premiarán conforme al mérito que con sus respectivos servicios sucesivos adquieran.

10.° El gobierno de México garantiza el cumplimiento de estos artículos empeñando la palabra del rey con todas las formalidades convenientes, y esta capitulación se insertará en los papeles públicos.

Y para que conste, y todo lo tratado tenga el efecto debido, lo firmaron el comandante y oficialidad de Cóporo, y el coronel don Matías de Aguirre, quien, en virtud de las facultades con que está autorizado, empeña la palabra del rey, prometiendo se cumplirán puntual y exactamente todos y cada uno de los artículos acordados, y dar á los interesados que le pidan una copia autorizada de este instrumento para que hagan de ella el uso que les convenga, y la firmó en Laureles, enero 2 de 1817.

Matías de Aguirre, Ramón Rayón, Lic. Ignacio Alas, Vicente Retasa, Rafael Ordaz, Fr. Manuel Sauceda, Miguel Gutiérrez, Bachiller José María González, Fr. Ignacio de San Laza, Fr. José Lorenzo, Rafael García, Ramón Rubio, Mariano Castañares, José Esteban Aguirre, Francisco Ledesma, Pedro Rodríguez, José paria Villasana, Vicente Castro, Basilio Torres, Mariano Arrobo, Pedro Rolilao Gallardo, Tomás Betancourt, Pedro García, Lama Muñoz, José Antonio Vega, Luis Canseco, José Felipe Araujo, Tomos Polanco, Juan Nepomuceno García, Antonio Calco, Antonio Rivera, Ignacio Pastrana, Manuel Medina, Gregorio Muñoz, José Hernández, José Ignacio Gómez, Pedro María Heredia, Luis Paredes, Francisco lafor, Antonio Moratidn, Miguel González, Agustín Pelayo, José Carrillo, Juan Bautista Gaubay, Francisco 0lvera.»