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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1815 Rito de la degradación aplicado a Morelos. [Fragmento]

Noviembre 22 de 1815

 

Fragmentos del rito de degradación que establece el Pontifical Romano:

Apartamos de ti la facultad de ofrecer el sacrificio a Dios y de celebrar la Misa tanto por los vivos como por los difuntos, si no es que más bien declaramos ya había sido apartada.

Con esta raspadura te quitamos la potestad, que habías recibido en la unción de las manos y los dedos pólices, de sacrificar, consagrar y bendecir.

Te despojamos con razón del vestido sacerdotal que significa la caridad, porque te desprendiste de ella y de toda inocencia.

Torpemente arrojaste el signo de Dios, simbolizado por la estola. Por tanto la apartamos de ti, a quien hacemos inhábil para ejercer todo oficio sacerdotal.

Removemos de ti la potestad de leer el Evangelio en la Iglesia de Dios porque esto no corresponde sino a los dignos.

Te privamos del orden levítico, porque no cumpliste tu ministerio dentro de él.

Justamente te quitamos la cándida estola que habías recibido para llevarla inmaculada en presencia de Dios, pues a pesar de conocer así el misterio no diste testimonio de vida a los creyentes, de modo que el pueblo consagrado por el nombre de Cristo pudiera recibir tu ejemplo. Te la quitamos, prohibiéndote todo oficio de diaconado.

Con la autoridad de Dios omnipotente. Padre, e Hijo y Espíritu Santo, y con la muestra, te quitamos el hábito clerical y te desnudamos del ornamento de la religión; y te deponemos, degradamos y sacamos de toda orden, beneficio y privilegio clerical. Y como indigno de la profesión de clérigo, te devolvemos a la servidumbre y a la ignominia del hábito y estado laical. Como a hijo ingrato te arrojamos de la herencia del Señor, a la que habías sido llamado; y por la gravedad de tu conducta quitamos de tu cabeza la corona, signo regio del sacerdocio.

Hacemos declaración pública para que el tribunal secular reciba en su fuero a este degradado, despojado ya de todo orden y privilegio clerical. (Entonces el obispo degradante, ante el juez secular intercede por aquel miserable abandonado, de manera eficaz, de corazón y con toda insistencia, para que se modere la sentencia, de modo que no se le quite la vida ni se le mutile, diciendo:)

Señor Juez, os rogamos con todo el afecto de que somos capaces para que por amor de Dios y en atención a la piedad y a la misericordia y a la intervención de nuestras súplicas, no castiguéis a este miserable con la pena de muerte o de mutilación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:
Amerlinck Rodrigo. La Independencia. 1810-1821.