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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1569 Real cédula de creación del Santo Oficio de la Inquisición

D. Felipe II en el Pardo a 25 de Enero de 1569

 

 

Nuestros gloriosos progenitores, fieles y católicos hijos de la Santa Iglesia Católica Romana, considerando cuanto toca a nuestra dignidad real y católico celo, procurar por todos los medios posibles, que nuestra Santa Fé sea dilatada y ensalzada por todo el mundo, fundaron en estos nuestros reinos el Santo Oficio de la Inquisición, para que se conserve con la pureza y entereza que conviene. Y habiendo descubierto, e incorporado en nuestra Real Corona, por providencia y gracia de Dios nuestro Señor, los reinos y provincias de las Indias Occidentales, Islas, y Tierra Firme del Mar Océano, y otras partes, pusieron su mayor cuidado en dar a conocer a Dios verdadero, y procurar el aumento de su santa ley evangelica, y que se conserve libre de errores y doctrinas falsas y sospechosas, y en sus descubridores, pobladores, hijos y descendientes nuestros vasallos, la devoción, buen nombre, reputación y fama, con que a fuerza de cuidados y fatigas han procurado que sea dilatada y ensalzada. Y porque los que están fuera de la obediencia y devoción de la Santa Iglesia Católica Romana obstinados en sus errores y heregías, siempre procuran pervertir y apartar de nuestra santa fé católica a los fieles y devotos cristianos, y con su malicia y pasión trabajan con todo estudio de atraerlos a sus dañadas creencias, comunicando sus falsas opiniones y heregías, y divulgando y esparciendo diversos libros heréticos y condenados, y el verdadero remedio consiste en desviar y excluir del todo la comunicación de los herejes y sospechosos, castigando y extirpando sus errores, por evitar y estorbar que pase tan grande ofensa de la santa fe y religión católica a aquellas partes, y que los naturales de ellas sean pervertidos con nuevas, falsas y reprobadas doctrinas y errores: El inquisidor apostólico general en nuestros reinos y señoríos, con acuerdo de los de nuestro consejo de la general inquisición, y consultado con nos, ordenó y proveyó, que se pusiese y asentase en aquellas provincias el Santo Oficio de la Inquisición, y por el descargo de nuestra real conciencia, y de la suya diputar y nombrar inquisidores apostólicos contra la herética pravedad y apostasía, y los oficialesy ministros necesarios para el uso y ejercicio del Santo Oficio. Y porque conviene que les mandemos dar el favor de nuestro brazo reál, según y como católico príncipe y celador de la honra de Dios, y beneficio de la república cristiana, para ejercer libremente el Santo Oficio: Mandarnos a nuestros virreyes, presidentes, oidores y alcaldes del crimen de nuestras Audiencias Reales, y a cualesquier gobernadores, corregidores y alcaldes mayores, y otras justicias de todas las ciudades, villas y lugares de las Indias, así de los españoles, como los indios naturales, que al presente son, o por tiempo fueren, que cada y cuando que los inquisidores apostólicos fueren con sus oficiales y ministros a 'hacer y ejercer en cualquier parte de las dichas provincias el Santo Oficio de la Inquisición, los reciban, y a sus ministros y oficiales y personas, que con ellos fueren, con la reverencia debida y decente, teniendo consideración al Santo Ministerio que va a ejercer, y los aposenten y hagan aposentar, y los dejen y permitan libremente ejercer el Santo Oficio, y siendo por los inquisidores requeridos, hagan y presten el juramento canónico, que se suele y debe hacer, y prestar en favor de el Santo Oficio, y cada vez que se les pidiere, y para ello fueren requeridos y amonestados, les den y hagan dar el auxilio y favor de nuestro brazo real, así para prender cualesquier herejes, o sospechosos en la fé, como para cualquiera otra cosa tocante y concerniente al ejercicio libre del Santo Oficio, que por derecho canónico, estilo y costumbre, e instrucciones de él se debe hacer y ejecutar.