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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1560 Real Cédula para la congregación de los indios

Febrero 19 de 1560

 

 

"CÉDULA QUE MANDA AL VIRREY DON LUIS DE VELASCO PROVEA Y DÉ ORDEN CÓMO SE CUMPLA LO PROVEÍDO Y MANDADO CERCA DE QUE LOS INDIOS SE REDUZCAN A PUEBLOS CONGREGADOS."

El Rey. Don Luis de Velasco nuestro Visorrey de la Nueva España, y presidente de la Audiencia Real que en ella reside: Ya sabéis cómo por nos está mandado que déis orden cómo los indios de esa tierra, que están derramados se junten en pueblos, y lo que muchas veces os babemos mandado escribir, y lo que sobre ello nos habéis respondido: y porque nuestra voluntad es, que se guarde y cumpla lo que cerca de ello está por nos proveído, os mandamos que lo guardéis y cumpláis, y pongáis en ejecución con todo cuidado y diligencia, como cosa que mucho importa; y porque con más voluntad y con mejor gana se junten los indios en poblaciones, estaréis advertido que no se les quiten a los que así poblaren las tierras y granjerías que tuvieren en los sitios que dejaren, antes proveréis que aquellos se les dejen, y conserven como las han tenido hasta aquí. Fecha en Toledo, a diez y nueve de febrero de mil y quinientos y sesenta años. Yo el Rey. Por mandado de Su Majestad, Francisco de Eraso. Señalada del Consejo.