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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

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ISBN 970-95193

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1511 Real cédula a los oficiales de la Casa de Contratación de las Sevilla, para que no deje pasar a las Indias navíos y personas sin las condiciones que se expresan.

Burgos, 9 de Septiembre de 1511

 

Real cédula á los oficiales de la casa de la contratación de las Indias, para que no deje pasar á las Indias navios y personas sin las condiciones que se expresan.

 

El Rey=nuestros oficiales de la casa de la contratación de las yndias que resyde en la cibdad de Sevilla: vi vuestra letra de siete de agosto y la que truxo collantes de XXVII del dicho mes y tengos en servicio el buen cuydado que teneys de me avisar de todo lo que ocurre y ove mucho placer con saber que ayan venido de la ysla de San Juan diez mil pesos de oro como escrivis y doy gracias á nuestro señor por ello que cierto segund las nuevas della temamos no pense que tan presto pudiera venir tanto fruto creo que avia seydo cabsa dello ser las minas mejores que las de la española como todos dicen y pues son tales razón es de favorescer aquella ysla y ayudar por quantas vias pudiéremos al ennoblecimiento della yo os encargo que tengays dello mucho cuydado como de cosa en que tanto va y demas del provecho que della se podría aver en sacar oro ya sabeys quanto cumple á nuestro servicio que aquella ysla sea poblada y ennoblecida por otros respetos que vosotros sabeys que aqui no es necesario decillos y hecistes muy bien en decir vuestro parescer á miguel diaz como me escrivis y asi mismo en proveelle de las cosas necesarias para servicio del culto divino como os lo enviamos á mandar y tengos en servicio la diligencia que decís que aveys puesto en proveer luego de las cosas contenidas en el memorial que juan ponce y los oficiales de Sant Juan enviaron debeys procurar que baya luego todo con juan cerón e miguel diaz sino fue partido pero por lo enviar con ellos no lo detengays una ora sola antes le dad toda quenta prisa pudierdes para que sy no fueren partidos se partan luego en haciendo tiempo juan ponce escribe que tiene necesidad allí en San Juan de un vergantiny lo que avia enviado á hacer á la española y que no sabe si selo dejarían hacer pareceme que luego ála ora debeys proveer de enviar á los nuestros oficiales que residen en san Juan uno ó dos vergantines como á vosotros mejor os pareciere porque con ellos dice juan ponce que se pacificaría la dicha ysla y demas desto podía servir para traer mantenimientos é yndios á la dicha ysla porque de lo uno y de lo otro tiene mucha necesidad.

A lo que decís que os parece seria bien hechar á tierra firme dos navios cargados desos mantenimientos que tenemos comprados para allende por que lo de la tierra firme quedó tan perdido que ay harta dubda sy los proveimientos que hicieron de la española les podran aprovechar ó no y también porque para yr de un tirón á la tierra firme el viage es muy largo y á causa de no ser muy navegado se cree seria peligroso por estas cabsas al presente no curéis de enviar ningún navio nuestro allá hasta que yo os lo envie á mandar pero sy pudiesedes hallar mercaderes ó otras personas que quisiesen enriar alia navios debcys de procurar que los envíen.

Con la presente van cartas para juan ceron é miguel diaz sino fueren partidos dadgelas y sy por ventura fueren partidos enviadgelas lo mas presto que pudierdes y asy mismo iran cartas para el almirante y pasamente enviallas eys lo antes y al mejor recaudo que ser pudiere.

En servicio vos tengo lo que decís en la carta de XXVII que den de en quatro ó cinco dias enviariades el oro que avia procedido de los diez y ocho mil pesos que postrimeramente vinieron tened siempre mucho cuydado que se amonede todo el oro que viniere á la mayor diligencia que ser pueda porque las necesidades de aca son muchas é muy continuas é muy grandes.

Lo que decis que os parecia que seria bien dar licencia general á todos los naturales que quisiesen pasar á las yndias puedan yr con solo escrivirse en esa casa sus nombres y donde son para que se sepa cada año los que han partido pareceme bien y por esto vos envio con la presente cedula mia en que doy la dicha licencia debeisla hacer luego pregonar en esa ciudad de Sevilla y en las otras que á vosotros pareciere y juntamente con apregonalla debeys de procurar como baya la mas gente que ser pueda especialmente de trabajadores como vos lo tengo escrito y tened este articulo por muy principal en esta negociación.

Asi mismo me paresce bien lo que decis que los hijos ó nietos de quemados no puedan thener oficios en las yndias y lo mandare proveer como convenga.

A lo que decis que arbolancha os ha dicho que no llevando á los vecinos de la española por las almas de la meytad de lo que fasta aqui se les llevaba se perdería en la negociacion y que dandose á los pueblos por encabesamiento vernia mejor á nuestro servicio é la ysla recibiria mas merced quisiera que me lo escriviaredes mas largo y la provisión que os parezca que se debía hacer sobre ello y porque con otra se vos responderá mas largo á todo lo contenido en vuestras cartas va esta tan breve y este correo solamente se despacha porque proveays lo de San Juan y para que se apregone la libertad que se da á los que quisieren pasar,

Asy mismo decis que os paresce bien la libertad que os mandó dar para que todos los que quisiesen pudiesen llevar armas á las yslas española ó de San Juan ó que vosotros queriades proveer de algunas para la dicha ysla de San Juan porque creiades aver allí dellas necesidad por cabsa de la rebelión de los yndios ha me parecido bien y asi vos encargo é mando que lo hagays y que sea con lo mas brevedad que ser pueda y las armas que vos pareciere que alla podran mejor aprovechar y servir =de burgos nueve de Setienbre=Yo el Rey=Por mandado de su alteza, lope conchillos.