Marzo 15 de 1825
Será la encargada de resolver las apelaciones y demás recursos ordinarios, así como de administrar justicia en la capital; los Tribunales de Circuito lo harán en los territorios federales. Conforme a los artículos 123 y 124 de la Constitución de octubre de 1824, el poder judicial de la federación reside en una Corte Suprema de Justicia, en los Tribunales de Circuito y en los Juzgados de Distrito, se compone de once ministros distribuidos en tres Salas y de un fiscal, pudiendo el Congreso General aumentar o disminuir su número, si lo juzgare conveniente. La elección de los ministros se hace en un mismo día por las legislaturas de los estados a mayoría absoluta de votos. Por ministerio de ley, en el caso de faltar el presidente de la República, el presidente de la corte asumirá el cargo.
La Corte se localiza físicamente en la esquina noroeste del actual Palacio Nacional, que da a las calles antes nombradas de Flamencos y Arzobispado.
El primero de noviembre de 1824, las legislaturas locales habían elegido a los ministros y al fiscal de la Corte Suprema: Miguel Domínguez (esposo de Doña Josefa Ortiz), José Ysidro Yañez, Manuel de la Peña y Peña, Juan José Flores Alatorre, Pedro Vélez, Juan Gómez Navarrete, Juan Ignacio Godoy, Francisco Antonio Tarrazo, José Joaquín Avilés y Quiroz, Antonio Méndez y Juan Raz y Guzmán. Había resultado como presidente el primero y vicepresidente el señor Godoy, el orden de antigüedad correspondió al orden previamente señalado y como ministro fiscal se nombró a Juan Bautista Morales. Los magistrados Juan Nepomuceno Gómez Navarrete, Juan José Flores Alatorre y Manuel de la Peña y Peña habían sido oidores de las audiencias.
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