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Autora: Doralicia Carmona Dávila.

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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El Consejo de Regencia de España expide en Cádiz un decreto por el que se dispone la elección de diputados ante las cortes en todos los dominios de la Corona.

14 de febrero de 1810

El decreto reitera que los dominios de América y Asia son partes integrantes de la monarquía, por lo que les corresponden los mismos derechos: “Desde este momento, españoles americanos, os veis elevados a la dignidad de hombres libres; no sois ya los mismos que antes, encorvados bajo un yugo mucho más duro mientras más distantes estabais del centro del poder, mirados con indiferencia, vejados por la codicia y destruidos por la ignorancia”.

En consecuencia, el decreto dispone que los ayuntamientos de las capitales de todas las provincias españolas elijan por elección directa a tres individuos, y que entre los mismos se sortee a quien habrá de ser el diputado que represente a su provincia ante el parlamento español o cortes que tendrán lugar en Cádiz, España.

El 29 de enero anterior, se disolvió la Junta Suprema Central para dar paso dos días después, al Consejo de Regencia de España e Indias, sin que hubieran llegado a España los representantes americanos integrantes de aquella Junta disuelta. Por eso el documento resalta que “siguiendo este principio de eterna equidad y justicia fueron llamados esos naturales a tomar parte en el gobierno representativo que ha cesado (la Junta); por él la tienen en la Regencia actual; y por él la tendrán también en la representación de las Cortes nacionales, enviando a ellas diputados…”. Del nuevo Consejo sólo un americano forma parte: el tlaxcalteca Miguel de Lardizábal y Uribe.

Conforme al decreto, obtendrán nombramiento diecisiete representantes como diputados a las cortes, correspondientes a las capitales de las diecisiete provincias en las que está dividido el reino de la Nueva España: México, Guadalajara, Valladolid (de Michoacán), Puebla, Veracruz, Mérida (de Yucatán), Guanajuato, San Luís Potosí, Zacatecas, Tabasco, Querétaro, Tlaxcala, Nuevo Reino de León y Oaxaca, así como las internas de Sonora, Durango y Coahuila.

En tanto se celebraban elecciones para diputados en América, serán nombrados treinta diputados suplentes radicados en la península para representar a las provincias ultramarinas, de los cuales siete serán novohispanos.

El 18 de mayo siguiente, la Audiencia de México reproducirá el decreto y se jurará obediencia y fidelidad al Consejo de Regencia, al cual se reconocerá la misma autoridad que a Fernando VII.  Sin embargo, los criollos novohispanos resentidos por el derrocamiento de Iturrigaray efectuado por los españoles peninsulares o gachupines, no mostrarán entusiasmo con el decreto, a pesar de que en todo el reino se efectúen elecciones de los diputados que asistirán a las Cortes de Cádiz.

Efectuadas las elecciones resultarán electos doce eclesiásticos, cuatro abogados y un militar: José Beye de Cisneros, eclesiástico, por México; José Simeón de Uría, canónigo penitenciario, por Guadalajara; Cayetano de Foncerrada, canónigo de México, por Valladolid; Antonio Joaquín Pérez, canónigo magistral, por Puebla; Joaquín Maniau, contador general de la renta de tabaco, por Veracruz; Miguel González Lastiri, eclesiástico, por Mérida de Yucatán; Octaviano Obregón, oidor honorario de la Real Audiencia de México, residente en España, por Guanajuato; José Florencio Barragán, teniente coronel de milicias, por San Luís Potosí; José Miguel de Gordoa, catedrático eclesiástico, por Zacatecas; José Eduardo de Cárdenas, cura de Cunduacán, por Tabasco; Mariano Mendiola, por renuncia de fray Lucas Zendeno, por Querétaro; José Miguel Guridi y Alcocer, cura de Tacubaya, por Tlaxcala; Juan José de la Garza, canónigo de Monterrey, por el Nuevo Reino de León, y licenciado Juan María Ibáñez de Corvera, por renuncia de Manuel María Mejía, cura de Tamasulapa, por Oaxaca; Manuel María Moreno, eclesiástico, por Sonora; Juan José Güereña, provisor del obispado de Puebla, por Durango, y Miguel Ramos de Arizpe, cura del Real de Borbón, por Coahuila.

Dada la dificultad de trasladarse a Cádiz con recursos propios, los diputados electos  Maniau, Barragán, de la Garza e Ibáñez, no se presentarán en las cortes a desempeñar su cargo.

Doralicia Carmona: MEMORIA POLÍTICA DE MÉXICO.