3 de Febrero de 1926
José Mora y del Río, arzobispo de México, declara a Ignacio Monroy, redactor del periódico El Universal que “la doctrina de la Iglesia es invariable porque es la verdad divinamente revelada. La protesta que los prelados mexicanos formulamos en 1917…permanece firme…la información que publicó El Universal de fecha 7 de enero en el sentido de que emprenderá una campaña contra las leyes injustas…es perfectamente cierta…el Episcopado, clero y católicos no reconocemos y combatiremos los artículos 3°, 5°, 27 y 130 de la Constitución vigente”.
Al día siguiente, se publicará su declaración en la que se precisará que la protesta de los prelados mexicanos contra la Constitución de 1917, específicamente en contra de los artículos que “se oponen a la libertad y dogmas religiosos, se mantiene firme; no ha sido modificada sino robustecida, porque deriva de la doctrina de la iglesia, que es invariable, pues es la Verdad divinamente revelada; además, el Episcopado, el Clero y los católicos no reconocen y combatirán los artículos 3º, 5º. 27º y 130º de la Constitución vigente y ese criterio no podrán por ningún motivo variarlo sin hacer traición a su Fe y a su Religión.
De inmediato habrá reacciones y censura en el sentido de que el arzobispo no debe promover la desobediencia a los mandatos constitucionales, ya que tales declaraciones podrían ser antesala de serios conflictos por las reacciones que pudieran desencadenar.
Este mismo día, Adalberto Tejeda, el secretario de Gobernación del presidente Calles, responderá que el tono y la actitud de lo dicho por Mora del Río, “entraña una rebeldía contra las leyes fundamentales y las instituciones de la República... El Estado permite que la Iglesia Católica ejerza sus funciones hasta el punto de no constituir un obstáculo para el progreso y desenvolvimiento de nuestro pueblo; pero no puede ni debe tolerar que 'desconozcan y combatan' las leyes constitucionales… Tiene el Gobierno la obligación de hacer respetar los postulados que las leyes le imponen y por tanto, el deber y el derecho de imponer su sanción a quienes las vulneren… esta Secretaría ya hace la consignación de los hechos, debidamente documentada, ante el señor Procurador de la República, sin perjuicio de llevar al señor Presidente los datos que ha podido recoger sobre el particular para que, con su superior acuerdo, se dicten las demás medidas que sean necesarias en relación con las actividades que desarrolla un grupo de católicos... en el papel de conspiradores contra el régimen y orden establecidos, a fin de reprimir con la energía que se requiera las actividades que fuera de la Ley pretenden ejercer. "
El contenido de este texto pertenece a la publicación: MEMORIA POLITICA DE MÉXICO de Doralicia Carmona para leer más verifique la Edición Completa
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