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Desaparece el Partido de la Revolución Mexicana (PRM) y surge en su lugar el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Enero 18 de 1946

Desaparece el Partido de la Revolución Mexicana (PRM) y surge en su lugar el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Durante la Segunda Convención del Partido de la Revolución Mexicana PRM, realizada en la Ciudad de México, en el teatro-cine Metropolitan, es creado el Partido Revolucionario Institucional PRI. El diputado Blas Chumacero lee el dictamen de la comisión revisora de credenciales, según la cual se verifica la concurrencia de 581 delegados por el sector obrero, mismos que representan 1'748,805 votos; por el sector popular 667 delegados que representan 1'938,715 votos; y por el sector campesino 719 delegados que representan 2'063,962 votos. El total de asistentes a la Asamblea es de 1,967 delegados a los que corresponden 5’700,729 votos. El dictamen es aprobado y por unanimidad acuerdan la configuración del PRI, la Declaración de Principios, el Programa de Acción, los Estatutos y su lema: “Democracia y Justicia Social”.

Menos radical que el anterior PRM, el ahora PRI, reconoce “la existencia de la lucha de clases como fenómeno inherente al régimen capitalista”; reitera su compromiso de colaboración con las mayorías populares; declara que pugnará por continuar la reforma agraria y por mantener la preeminencia económica del Estado, entre otros postulados.

El hoy constituido Partido Revolucionario Institucional se define según sus Estatutos como una asociación política nacional, integrada por obreros y campesinos organizados, por trabajadores independientes, empleados públicos, cooperativistas, artesanos, estudiantes, profesionales, comerciantes en pequeño y demás elementos afines en tendencias o intereses, que acepten los principios de la Revolución Mexicana; las mujeres se consideran exactamente en las mismas condiciones que los hombres.

Propone que los organismos que integran al PRI: sindicatos y centrales obreras, la Confederación Nacional Campesina, la Confederación de Ligas del Sector Popular, las organizaciones de mujeres y de jóvenes, conserven su autonomía y que esos mismos trabajadores dependan exclusivamente de los órganos de acción del Partido para el ejercicio de su acción política electoral.

Plantea como objetivos: alcanzar el poder público por la vía democrática y dentro de la ley; unificar a los sectores revolucionarios para la conquista de sus derechos y la mejor satisfacción de sus necesidades e intereses. Establece como otro de sus objetivos el tener programas permanentes de capacitación política, ideológica y electoral de sus militantes para la formación de sus cuadros. Enfatiza que “desarrollará su actuación pública por medios pacíficos y con el más estricto respeto a las instituciones nacionales, sin subordinar sus actos a ninguna organización internacional ni depender o afiliarse a partidos políticos extranjeros”.

Acuerda también que la integración de su consejo nacional sea del siguiente modo: en cada entidad serán elegidos tres miembros, uno por cada uno de los sectores obrero, agrario y popular, en la forma y términos que señale la convocatoria que deberá expedir el Comité Central Ejecutivo. Dentro de los 32 delegados de cada sector deberán elegirse cuando menos 2 mujeres y 2 jóvenes: en conjunto, 6 delegadas y 6 delegados jóvenes. El Comité Central Ejecutivo estará formado por 8 miembros: presidente y secretarios de acción campesina, obrera, popular y cultural, femenil y dos de acción política; además, un diputado y un senador secretarios elegidos entre los bloques de las Cámaras de Diputados y Senadores. Por lo pronto, el comité es integrado de este modo: Presidente, Rafael Pascasio Gamboa, exgobrernador de Chiapas; Secretario General, Ernesto P. Uruchurtu; Secretarios de Acción Política, Augusto Hinojosa y J. Jesús Lima; Secretario de Acción Obrera, Fernando Amilpa y Secretario de Acción Agraria Francisco Martínez Peralta.

En los comités ejecutivos regionales también incluirán una secretaria de acción femenil, un secretario de acción juvenil y un secretario diputado de acción política. Los comités municipales se integrarán con cuando más siete miembros.

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El contenido de este texto pertenece a la publicación: MEMORIA POLITICA DE MÉXICO de Doralicia Carmona para leer más verifique la Edición Completa