8 de Enero de 1960
Es expedida la Ley Federal de Radio y Televisión, que será publicada en el Diario Oficial el 19 de enero siguiente. Aproximadamente 40 años antes, la radio había generado sus primeras transmisiones en México y, exactamente diez años atrás, la televisión había realizado su primera emisión oficial con motivo del IV Informe de Gobierno del entonces presidente Miguel Alemán Valdés. En consecuencia, el instrumento jurídico vendrá a legitimar procedimientos y acciones arraigadas en los intereses que desde tiempo atrás permitieron y desarrollaron un tipo de emisiones y no otros.
En el Título Primero de la Ley del presidente Adolfo López Mateos, se establecen como Principios fundamentales los siguientes:
“CAPITULO UNICO
ARTICULO 1o.- Corresponde a la Nación el dominio directo de su espacio territorial y, en consecuencia, del medio en que se propagan las ondas electromagnéticas. Dicho dominio es inalienable e imprescriptible.
ARTICULO 2o.- El uso del espacio a que se refiere el artículo anterior, mediante canales para la difusión de noticias, ideas e imágenes, como vehículos de información y de expresión, sólo podrá hacerse previos concesión o permiso que el Ejecutivo Federal otorgue en los términos de la presente ley.
ARTICULO 3o.- La industria de la radio y la televisión comprende el aprovechamiento de las ondas electromagnéticas, mediante la instalación, funcionamiento y operación de estaciones radiodifusoras por los sistemas de modulación, amplitud o frecuencia, televisión, facsímile o cualquier otro procedimiento técnico posible.
ARTICULO 4o.- La radio y la televisión constituyen una actividad de interés público, por lo tanto el Estado deberá protegerla y vigilarla para el debido cumplimiento de su función social.
ARTICULO 5o.- La radio y la televisión, tienen la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana. Al efecto, a través de sus transmisiones, procurarán:
i. Afirmar el respeto a los principios de la moral social, la dignidad humana y los vínculos familiares;
ii. Evitar influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud;
iii. Contribuir a elevar el nivel cultural del pueblo y a conservar las características nacionales, las costumbres del país y sus tradiciones, la propiedad del idioma y a exaltar los valores de la nacionalidad mexicana.
iv. Fortalecer las convicciones democráticas, la unidad nacional y la amistad y cooperación internacionales.
ARTICULO 6o.- En relación con el artículo anterior, el Ejecutivo Federal por conducto de las Secretarías y Departamentos de Estado, los Gobiernos de los Estados, los Ayuntamientos y los organismos públicos, promoverán la transmisión de programas de divulgación con fines de orientación social, cultural y cívica.
ARTICULO 7o.- El Estado otorgará facilidades para su operación a las estaciones difusoras que, por su potencia, frecuencia o ubicación, sean susceptibles de ser captadas en el extranjero, para divulgar las manifestaciones de la cultura mexicana, fomentar las relaciones comerciales del país, intensificar la propaganda turística y transmitir informaciones sobre los acontecimientos de la vida nacional”.
Según Raúl Cremoux (La legislación mexicana en radio y televisión) entre otras cosas, la ley establece lo siguiente: se precisa que las emisoras de radio y televisión sólo podrán funcionar previa concesión por parte del Ejecutivo, por lo que, desde sus inicios, la ley marca la línea de dependencia a la que deberán sujetarse los concesionarios de estos medios; se señala que la radiodifusión constituye un asunto de interés nacional; que el aprovechamiento de las ondas electromagnéticas debe corresponder a la Nación; que la radio y la televisión son consideradas una actividad de interés público; y que los concesiones de radio y televisión se otorgarán únicamente a ciudadanos mexicanos o a sociedades cuyos socios sean mexicanos.
Cuatro secretarías de Estado tendrán injerencia en la operación de la radio y la televisión: Comunicaciones y Transportes, Gobernación, de Educación Pública y de Salubridad y Asistencia;
La importancia política de la radio ha sido notable, los primeros permisos de transmisión fueron otorgados por el presidente Álvaro Obregón, cuyo “grito de independencia” fue transmitido la noche del 15 de septiembre de 1923. Asimismo, la radio de la Secretaría de Educación Pública, transmitió la toma de ceremonia de toma de posesión del presidente Plutarco Elías Calles el 1º de diciembre de 1924. Con la Ley de Comunicaciones Eléctricas del 23 de abril de 1926, se inició la regulación gubernamental de la radio, ya que en su Artículo 26 señalaba: “Ninguna concesión será otorgada en condiciones de competencia para la Red Nacional o en condiciones en que pueda constituir monopolio en favor del concesionario”. Después, el sistema de permisos se transformó en el otorgamiento de concesiones, la primera de ellas fue cedida a Emilio Azcárraga Vidaurreta, para que el 18 de septiembre de 1930 pudiera inaugurar la XEW, “La voz de la América Latina desde México”, con el apoyo de la National Broadcasting Company.
Desde la década de los treinta, la radio comenzó a ser usada sistemática y exitosamente como instrumento de propaganda: en México del PNR y del presidente Cárdenas, en la Alemania nazi, en la Unión Soviética y en el gobierno de Frankin D. Roosevelt.
Durante la Segunda Guerra Mundial, la radio fue el campo de la batalla ideológica y de la guerra psicológica, que después se continuó, con distintos propósitos y actores, durante el periodo de la "guerra fría". En México también fue medio de información y propaganda gubernamental para la integración nacional; programas como “La Hora Nacional”, transmitido en cadena nacional, además de tratar de proyectar una imagen favorable del gobierno, estimulaban el conocimiento de la historia patria y el civismo de la gente.
También en México, pronto la radio fue utilizada en tiempos electorales: el general Cárdenas fue el primer candidato que uso la radio de su propio partido el PNR para difundir sus mensajes de campaña. A partir de la década de los cuarenta, los candidatos de oposición se quejaron de tener vedada la radio para transmitir su propaganda electoral. La misma queja acerca de la televisión se escuchará en el futuro.
La importancia política de la televisión es mayor por el impacto persuasivo más penetrante de las imágenes. En México, la televisión nació con la transmisión de un acto político: el cuarto informe del presidente Miguel Alemán Valdez y desde entonces al igual que la radio, se constituyó en uno de los pilares sobre los cuales ha descansado el régimen político mexicano.
Esta es la trascendencia de que por primera vez, se legisle en materia de radiodifusión. Sin embargo, será hasta dentro de trece años, el 19 de abril de 1973, cuando se expida el reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión que normará las facultades, obligaciones y responsabilidades de los concesionarios en todo el territorio nacional.
Hoy, el poder persuasivo que ejercen sobre las masas los medios audiovisuales, conjuntamente con el desarrollo de la tecnología de propaganda y publicidad, así como de la investigación de mercados y electorados, han puesto en manos de los gobiernos, partidos, grupos de presión y de interés, medios que ni el mismo Joseph Goebbels hubiera osado soñar.
Doralicia Carmona: MEMORIA POLÍTICA DE MÉXICO.
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